Con la aprobación del Plan de recuperación para Europa, el plan NextGenerationEU y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se define para los países miembros de la UE un futuro orientado al desarrollo de nuevas empresas y a la contratación pública. Dentro de este marco de estímulo comunitario se encuentran planes de incentivación, recuperación y la agilización de los procedimientos de contratación pública en los que, cada vez más, a través de los pliegos de cláusulas administrativas, se establece como requisito contar con un sistema de gestión de compliance.
Es en este marco, donde pueden surgir nuevos proyectos, en el que la máxima “Desde el diseño y por defecto” cobra todo su sentido. Si bien las normas comunitarias lo definen como un principio relativo a la protección de datos personales, es extrapolable al compliance penal por su actualidad e importancia.
Este principio consagra que el mejor momento para anticipar los riesgos y darles una respuesta adecuada es el momento inicial con la definición de nuevas ideas, proyectos y creación de vehículos de emprendimiento; en los que resulta crucial abordar una postura orientada a los riesgos, que nos permita alcanzar los objetivos establecidos evitando problemas que, de otro modo, puedan frustrar el proyecto en cuestión.
Compliance penal nos ofrece, en una fase temprana de definición de un proyecto, multitud de herramientas que permiten fijar unos pilares sólidos de gestión que ayuden a afianzar los objetivos empresariales mediante la anticipación de los riesgos. Desarrollar un mapa de riesgos anticipado, definir un desarrollo empresarial basado en valores y crear una gestión eficiente del proyecto son algunas de las herramientas que nos otorgan las metodologías empleadas para el desarrollo de sistemas de gestión de compliance penal.
Llegados a este momento la duda surge; ¿es necesario un sistema de gestión de compliance penal? La respuesta es; Si.
Desde el momento en que se busca el desarrollo de una actividad empresarial a través de una persona jurídica, como pueden ser asociaciones, sociedades o fundaciones, es necesario el desarrollo de un modelo de gestión que prevenga la comisión de delitos en el seno de la organización independientemente del tamaño de esta.
Las ventajas de desarrollar un modelo de organización para la prevención de riesgos penales son, entre otras, un mejor posicionamiento en licitaciones públicas, la reducción de costes a medio y largo plazo, la optimización de recursos, una organización estructurada, el desarrollo seguro y orientado a evitar los riesgos, y la definición temprana de valores que guíen a la organización a la consecución satisfactoria de su objetivo.